EN
EL TRABAJO DESDE CASA SE DEBE GARANTIZAR LA INTIMIDAD, RECHAZAMOS MECANISMOS
ILEGALES DE CONTROL
En el marco de la crisis sanitaria y el
trabajo desde casa de docentes y estudiantes, en diferentes Instituciones
Educativas, se ha recurrido al uso de plataformas para realizar encuentros con
estudiantes; en dicho contexto, de forma abusiva e ilegal, algunos directivos docentes
vienen pretendiendo imponer mecanismos de control, que atentan contra el
derecho a la intimidad de docentes y estudiantes, como la grabación de las
clases y su entrega a los directivos, incluso con intención de fijarlas en
lugares de acceso público.
Ante esta situación se debe tomar en cuenta
que:
·
La sentencia T-407 de 2012, de Corte
Constitucional, reconoce la prelación de
los derechos a la intimidad y al libre desarrollo de la personalidad de los
estudiantes, prohibiendo la instalación de cámaras en las aulas de clase, lo
cual, a la luz de las actuales
condiciones de trabajo desde casa, supone una prohibición a la grabación
del aula digital, motivo por el cual las instituciones y directivos docentes
que realizan estas exigencias están incurriendo en violación al derecho a la
intimidad.
·
La ley estatutaria 1581 de 2012,
define datos personales “(…) como cualquier información vinculada o que pueda
asociarse a una o varias personas naturales”, en este sentido se consideran la
imagen y voz como datos sujetos de protección, y de los cuales solo el titular
está facultado para disponer, por tanto cualquier manejo de datos debe contar
con la autorización de los titulares de los mismos, a la vez que la entidad
manejante de datos, debe contar con los protocolos, acordes a la ley 1581,
debidamente establecidos y publicitados para el manejo de estos, cosa que no
sucede en las Instituciones Educativas, donde simplemente pretenden generar
mecanismos de control, desconociendo los derechos de estudiantes y docentes.
·
Además del enorme esfuerzo pedagógico
que está realizando el magisterio, los docentes
están disponiendo de sus propios
recursos de conectividad y equipos de comunicación y computo, de tal suerte
que, siendo propietarios de los mismos y no tratándose de equipos o servicios
dotados por el empleador, son los docentes los únicos que deben definir cómo y
cuál será su uso, en función de las actividades académicas planeadas, no siendo
dado que la administración o los directivos docentes, pretendan definir sobre
el uso de recursos sobre los que no tienen titularidad.
Instamos al magisterio a rechazar estos
mecanismos que normalizan esquemas de control indebidos, a no caer en estas prácticas,
a exigir los debidos protocolos, a no prestar bienes y servicios de su
propiedad para viabilizar actuaciones violatorias de derechos, que están protegidos por ley y por lo cual podemos hacerlos valer.
Llamamos a atender las
orientaciones de los sindicatos de docentes y/o directivos docentes que han
buscado garantizar la educación, preservando la vida y la salud mental de las
comunidades educativas.
¡Que no se use la crisis sanitaria
para fortalecer los mecanismos de control político e ideológico sobre el
magisterio!
Martha Rocío Alfonso
Ejecutiva de Fecode
Jesús Alejandro Villa
Directivo de ADIDA
Nuevos Maestros por
la Educación – Los Profes
Antioquia mayo 23 de 2020
¡Somos equipo, somos propuesta!
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