A propósito de la evaluación anual de desempeño, que se realiza a los docentes vinculados bajo el decreto 1278, es importante tener en cuenta que la evaluación debió hacerse en presencia del evaluado, asignándose en ese mismo momento los puntajes parciales de cada componente y el puntaje final de la evaluación.
Una
vez notificado, el evaluado, cuenta con 10 días para hacer el recurso
de reposición y apelación ante el evaluador; este resuelve la primera instancia
y si ratifica, él mismo debe enviar a la Secretaria de educación, que es el
jefe inmediato, para que resuelva en segunda instancia y asigne un evaluador.
Nota:
si usted no fue evaluado haga la solicitud por escrito, pues esto garantiza que
de no hacerlo, se debe asignar suficiencia, es decir la nota mínima 60 puntos;
en este caso el rector debe de ser investigado por incumplimiento de funciones.
Anexamos un formato realizado por compañeros de NUEVOS MAESTROS POR LA EDUCACIÓN, para que lo adapten a su condición.
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------