CONCEPTO DEL MEN SOBRE PRETENSIÓN DE APLAZAMIENTO DE LA EVALUACIÓN DE PERIODO DE PRUEBA POR PARTE DE RECTORES.

Aunque la normatividad es clara, varios compañeros expresaron su preocupación por la pretensión, de algunos rectores, de aplazar la evaluación de periodo de prueba a docentes que cumplían claramente el requisito de tiempo.  En su momento la orientación fue precisa: realizar la evacuación de periodo de prueba es un deber propio de las funciones de los rectores y cualquier actuación en contrario amerita queja ante la respectiva secretaria de educación.


Compartimos a continuación concepto emitido recientemente por la oficina de asesoría jurídica  del Ministerio de Educación, en respuesta a consulta realizada al respecto, donde se ratifica la posición señalada.

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