ABC DEL DERECHO DE PETICIÓN

ABC DEL DERECHO DE PETICIÓN

El Artículo 23 de la Constitución Nacional señala:  “Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.

Compartimos a continuación algunos elementos sobre este derecho y un formato básico para su ejercicio. 





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