FIDUPREVISORA: CIRCULAR N° 001, SOBRE CUOTA DE INSCRIPCIÓN AL FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES DEL MAGISTERIO.

Para los maestros que venían en provisionalidad y entran ahora en periodo de prueba, en el mismo ente o en otro diferente deben pedir que se le liquiden las cesantías si se presento interrupción entre una y otra vinculación mayor a 15 días. 
"..... Para cuando se dé la figura de sin solución de continuidad, se considera que hay continuidad y en consecuencia no hay lugar a solicitar ni adelantar trámite alguno de cesantía definitiva", lo dice la circular 1 de 2007.
Sin solución de continuidad significa que no transcurrieron menos de quince días desde el momento de la desvinculación o terminación de un determinado nombramiento y hasta el inició del nuevo nombramiento.





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